Sentencia del Tribunal Supremo núm. 74/2022, de fecha 26 de enero de 2022 (Rec. 89/2020).

Resumen: El TS avala absorber la antigüedad para compensar la subida del SMI.

El Tribunal Supremo avala el pronunciamiento del TSJ de Cataluña, que consideró correcta la práctica de compensar y absorber los pluses del convenio a fin de alcanzar el SMI establecido en ese momento.

El TSJ había acordado que la base de cálculo, a la que hay que añadir la cantidad necesaria para llegar al SMI, debe estar conformada por el salario específico y por lo que resulte de los trienios cumplidos por el trabajador en base al convenio colectivo que le es de aplicación.

Falla en el mismo sentido el Tribunal Supremo, quien valida la práctica empresarial de absorber la antigüedad para amortiguar la subida del SMI, pues solo cabe bloquear la compensación y absorción cuando los conceptos salariales sean heterogéneos o cuando se haya acordado así en el convenio colectivo.

Señala por último la Sala, que de seguirse la tesis opuesta, la revisión del SMI tendría un efecto multiplicador sobre todos los convenios cuyo salario base fuera inferior al SMI, que se convertiría, de este modo, en salario base para todos los trabajadores, cuyos salarios base convenio o pactados contractualmente fueran inferiores al SMI de cada año, lo cual modificaría radicalmente su naturaleza jurídica y, adicionalmente, vulneraría el papel de la negociación colectiva como espacio natural para la fijación de los salarios.

 

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