Reforma planes de pensiones

Las Cortes Generales han aprobado recientemente la  Ley 12/2022, de 30 de junio de 2022, de regulación para el impulso de planes de pensiones de empleo, la cual ha introducido modificaciones en diversas normas, y más concretamente, en el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre de 2002.

El objetivo de esta nueva regulación, es establecer un nuevo marco jurídico que facilite los planes de pensiones de empleo y la promoción pública de fondos de pensiones, especialmente a los trabajadores de pymes y de pequeñas administraciones públicas y a los autónomos.

La parte más novedosa de la nueva Ley, es que se crea la figura de los fondos de pensiones de empleo de promoción pública abierta (FPEPP)  promovidos por el MISSM y los planes de pensiones simplificados (PPES) , los cuáles garantizarán menos costes de gestión mejorando así los niveles de rentabilidad de las pensiones.

• Pese a la referencia en el nombre a la «promoción pública”, los FPEPP van a estar gestionados por una empresa del sector privado con el concurso de una entidad depositaria y bajo la supervisión de una única Comisión de Control Especial. Lo que se pretende con este fondo de pensiones es aumentar la población cubierta por planes colectivos y ofrecer productos a ciudadanos de rentas medias, entre los que se incluyen a autónomos y a trabajadores de pequeñas y medianas empresas (pymes).

• Con respecto a la creación de nuevos planes de pensiones de empleo simplificados (PPES) , estos se pueden promover si así lo prevé un Convenio colectivo estatutario de carácter sectorial que instrumenten compromisos por pensiones a favor de sus trabajadores o por una asociación de profesionales autónomos o de un colegio profesional. Como novedad, ya no se van a poder aprobar más planes de pensiones del sistema asociado, sino que la Ley establece un período transitorio de 5 años para transformar los planes de pensiones asociados de trabajadores por cuenta propia existentes a la entrada en vigor de esta norma, en planes de pensiones de empleo simplificados.

Por último, ¿Qué interés pueden tener estos planes de pensiones a nivel fiscal?

• Las aportaciones de los trabajadores a planes de pensiones, permiten reducirse la base imponible del IRPF con el siguiente límite: 1.500€ como límite máximo de deducción/ aportación para planes individuales, sin embargo, en los planes de pensiones de empleo se puede llegar a aportar 8.500 € al año, aunque con limitaciones.

• Se establece una deducción en la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades del 10% para las empresas siempre que tales contribuciones se realicen a planes de pensiones de empleo o a otros instrumentos de previsión social empresarial alternativos imputadas a favor de los trabajadores con retribuciones brutas inferiores a 27.000 euros.

• Con efectos desde 1 de enero de 2023, se establece una reducción de la cuota empresarial por contingencias comunes a la Seguridad Social respecto de los importes de las contribuciones empresariales a los planes de pensiones de empleo. El límite es el resultante de multiplicar por 13 la cuota que resulte de aplicar a la base mínima diaria de cotización por contingencias comunes del grupo 8 del RGSS, el tipo de cotización por contingencias comunes a cargo de la empresa. Es decir, un importe aproximado de 1340 € por trabajador se encuentra exento de cotizar a la seguridad social.

 

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